La educacion inclusiva del:
Artículo 61. La educación inclusiva se refiere al conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión y segregación.Según la Ley General de Educación de México, la educación inclusiva, definida en el Artículo 61, es un conjunto de acciones para eliminar barreras que limitan el acceso, permanencia y aprendizaje de todos los educandos, basada en la valoración de la diversidad y la adaptación del sistema educativo para responder a las necesidades, intereses y estilos de aprendizaje de cada estudiante. Se enfoca en adaptar la escuela para atender la diversidad, eliminando la discriminación, exclusión y segregación, y garantizando que el sistema educativo sea flexible y accesible.
Principios y objetivos del Artículo 61:Identificar, prevenir y reducir barreras: Se buscan las prácticas que impiden la participación y el aprendizaje de todos los alumnos.
Eliminar discriminación, exclusión y segregación: Se busca erradicar cualquier forma de trato injusto o diferencia que limite las oportunidades educativas.
Valoración de la diversidad: La educación reconoce y celebra las diferencias individuales, adaptando el sistema para responder a ellas.
Adaptación del sistema educativo: El sistema debe transformarse en su cultura, organización y prácticas para atender la diversidad de los estudiantes.
Equidad y calidad: Se garantiza un sistema educativo que responda con equidad a las características y necesidades de cada educando, para que todos alcancen su máximo potencial.
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